Hace ya más de un año nos acompaña nuevamente el 30%, ahora bajo el concepto de impuesto PAIS, y desde septiembre 2020 se nos sumo el famoso 35% de retención ganancias. Todo vuelve!
La idea de este post es hacer un repaso general sobre las operaciones que están alcanzadas y que sucede con compras que muchos realizan habitualmente: Netflix, Spotify, dólar ahorro, freeshop, compras con tarjetas en el exterior, etc
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Freeshop
Este es el único positivo ya que es de las pocas cosas que NO se ven afectadas ni por el 30% ni por el 35%. Obviamente solo en el caso de los freeshop de Argentina. Aunque veamos los precios en dólares en los locales, la facturación es en pesos al tipo de cambio oficial y sin ningún extra.
Además recuerden que algunos bancos hasta ofrecen cuotas sin interés!
Netflix, spotify, amazon prime, etc.
Las operaciones menores a 10 dólares de este tipo de empresas aplican impuesto de la siguiente manera:
- Impuesto PAIS: al 8%
- Percepción IVA: 21%
- Retención Ganancias/Bs. Personales: 35%
Compras con tarjeta en el exterior
Todas las operaciones de compras con tarjeta en el exterior están alcanzados por ambos impuestos:
- Impuesto PAIS: 30%
- Retención Ganancias/Bs. Personales: 35%
¿Qué sucede si tenés consumos mayores a los USD200 en las tarjetas?
Si los consumos son mayores al límite mensual, la diferencia tomará el cupo de los meses siguientes.
Compra de moneda extranjera
La compra de dólares u otra moneda extranjera está alcanzada por ambos:
- Impuesto PAIS: 30%
- Retención Ganancias/Bs. Personales: 35%
El límite de 200 USD es personal y mensual, por eso no importa en qué banco hagas la compra de dólares o con qué tarjeta realices el consumo, todo impacta el mismo límite.
¿En qué casos NO se podrá comprar dólares para ahorro? MUCHOS
- Si superaste en el mes el cupo de USD200 para ahorrar o en consumos con tus tarjeta de crédito o débito.
- Si sacaste un préstamo con “Tasa 0%”, “Tasa 0 cultura” o “tasa 24%” y aún no terminaste de pagarlo.
- Si tenés una refinanciación de tarjeta de crédito y no lo cancelaste.
- Si recibiste el beneficio de dejar de pagar y diferir tus cuotas de un crédito personal, prendario o hipotecario.
- Si tenés un crédito hipotecario UVA, mientras las cuotas sigan “congeladas”.
- Si recibiste alguna ayuda del Estado, sos beneficiario de algún plan de ayuda social, cobraste un subsidio alimenticio, etc. Por ejemplo: IFE o Asignación Universal por hijo.
- Si algún cotitular de la cuenta realizó una compra de dólares en la misma cuenta durante el mes.
- Si vendiste títulos en dólares y no pasaron 90 días desde la fecha de la venta.
- Si no contás con ingresos justificables.